Política de Igualdad de Oportunidades Laborales y No Discriminación

I. VISIÓN GENERAL Y ALCANCE

tyt, LLC de 6255 TownCenter Drive Ste 819, Clemmons, North Carolina 27012, ha establecido una Política de no discriminación e igualdad de oportunidades en el empleo ("EEO"). Esta política de EEO se aplica a todos los aspectos de la relación entre tyt, LLC y sus empleados, incluidos, entre otros, empleo, reclutamiento, anuncios de empleo, contratación y despido, compensación, asignación, clasificación de empleados, terminación, actualización, promociones , transferencia, capacitación, condiciones de trabajo, administración de sueldos y salarios, y beneficios a los empleados y aplicación de políticas. Estas políticas se aplican a contratistas independientes, empleados temporales, todo el personal que trabaja en las instalaciones y cualquier otra persona o empresa que haga negocios para o con tyt, LLC. Cualquier usuario que haya violado esta prohibición perderá el acceso a la plataforma de tyt, LLC. Las leyes aplicables en ciertas jurisdicciones pueden exigir y/o permitir la prestación de servicios por y para el beneficio de una categoría específica de personas. En tales jurisdicciones, los servicios prestados de conformidad con estas leyes y los términos aplicables pertinentes están permitidos en virtud de esta política.

II. POLÍTICAS

1. DISCRIMINACIÓN.

tyt, LLC no tolerará, bajo ninguna circunstancia, sin excepción, ninguna forma de discriminación basada en raza, credo, religión, color, edad, discapacidad, embarazo, estado civil, estado parental, orientación sexual, expresión de género, identidad de género, veterano estado civil, estado militar, estado de víctima de violencia doméstica, origen nacional, afiliación política, sexo, características genéticas predisponentes, o ubicación geográfica y cualquier otro estado protegido por la ley. Esta lista no es exhaustiva. Para las personas calificadas con discapacidades, tyt, LLC hará todo lo posible para proporcionar adaptaciones razonables en el lugar de trabajo que cumplan con las leyes aplicables.

La discriminación en la prestación de servicios de transporte está estrictamente prohibida.

Los conductores y empleados asociados están obligados a conocer las prohibiciones de no discriminación. tyt, LLC no tolerará en cuanto a los lugares públicos, que incluyen servicios de taxi, prácticas discriminatorias ilegales para negar, directa o indirectamente, a cualquier persona el disfrute pleno e igualitario de los bienes, servicios, instalaciones, privilegios, ventajas y lugares de alojamiento de cualquier lugar de lugares públicos (incluidos los servicios de taxi) total o parcialmente por una razón discriminatoria basada en el lugar de residencia o negocio.

Conducta discriminatoria prohibida:

tyt, LLC reconoce que los conductores asociados nunca deben discriminar a ciertos clientes al no recogerlos, no llevarlos a donde desean ir o tratarlos con menos respeto en función de las características o rasgos protegidos enumerados anteriormente. Los ejemplos específicos de conducta discriminatoria incluyen los siguientes:

No recoger a un pasajero sobre la base de una característica o rasgo protegido, incluido no recoger a un pasajero con un animal de servicio. Solicitar que un pasajero se baje de un taxi sobre la base de una característica o rasgo protegido. Usar lenguaje despectivo o acosador. sobre la base de una característica o rasgo protegido · Rechazar una recolección en un área geográfica específica.

Discriminación Geográfica:

tyt, LLC no tolera la discriminación geográfica y reconoce la importancia de llevar al cliente al destino solicitado sin discriminar a ese cliente por el lugar al que desea ir. Todos los conductores, empleados, gerentes, partes interesadas y agentes asociados en tyt, LLC cumplirán con estas políticas contra la discriminación. En algunos casos, las leyes y regulaciones locales pueden brindar mayores protecciones que las descritas en esta política.

2. ACOSO

tyt, LLC se compromete a proporcionar un entorno de trabajo libre de acoso. Cualquier comportamiento no deseado y ofensivo para el destinatario, que crea un ambiente de trabajo intimidatorio, hostil o humillante para esa persona, viola la política de tyt, LLC. El acoso puede ocurrir entre miembros del sexo opuesto o del mismo sexo. No se tolerará el acoso, verbal o no verbal, explícito o implícito, basado en el sexo, la raza, el origen étnico, la nacionalidad, la edad, la religión o cualquier otra característica legalmente protegida de una persona. Todos los empleados, incluidos los supervisores, otro personal administrativo y los contratistas independientes, deben cumplir con esta política. Ninguna persona se verá afectada negativamente en su empleo con tyt, LLC como resultado de presentar denuncias de acoso.

3. ACOSO SEXUAL

Las insinuaciones sexuales no deseadas, las solicitudes de favores sexuales y otras conductas verbales o físicas de naturaleza sexual constituyen acoso cuando (1) la sumisión a dicha conducta se convierte explícita o implícitamente en un término o condición de empleo; (2) la sumisión o el rechazo de tal conducta por parte de un individuo se utiliza como base para decisiones de empleo, promoción, transferencia, selección para capacitación, evaluaciones de desempeño, beneficios u otros términos y condiciones de empleo; o (3) dicha conducta tiene el propósito o el efecto de crear un ambiente de trabajo intimidatorio, hostil u ofensivo o interfiere sustancialmente con el desempeño laboral de un empleado. tyt, LLC prohíbe la conducta inapropiada de naturaleza sexual en el trabajo, en los negocios de la Compañía o en eventos patrocinados por la Compañía, incluidos los siguientes: comentarios, bromas, lenguaje degradante, objetos sexualmente sugerentes, libros o cualquier forma de medios electrónicos o impresos forma. El acoso sexual está prohibido ya sea entre miembros del sexo opuesto o miembros del mismo sexo.

4. DECLARACIÓN DE ACCIÓN AFIRMATIVA

Se ha desarrollado un programa de acción afirmativa donde tyt, LLC busca aumentar la representación y participación de las minorías

5. DENUNCIA DE DISCRIMINACIÓN Y ACOSO

Si un empleado siente que ha sido acosado como se describe en esta política, debe presentar una queja inmediatamente ante: Grievance Department, 6255 TownCenter Drive, Ste 819, Clemmons NC 27012, o por correo electrónico a compliance@tyt.us. Una vez que se haya informado el asunto, se investigará de inmediato y se tomarán las medidas correctivas cuando se considere apropiado. Todas las quejas o el acoso ilegal bajo esta política o de otra manera se manejarán de la manera más confidencial posible. Se alienta a informar oportunamente para evitar que vuelva a ocurrir, o abordar de otro modo, el comportamiento que viola esta política o ley. Las demoras en informar una queja pueden limitar el tipo de efectividad de una respuesta por parte de tyt, LLC. El procedimiento para denunciar incidentes de conducta discriminatoria o de acoso no tiene por objeto impedir el derecho de cualquier empleado a buscar una reparación en virtud de las leyes estatales o federales disponibles mediante la denuncia inmediata del asunto a la agencia estatal o federal correspondiente.

6. REPRESALIAS

Las represalias contra cualquier persona asociada con tyt, LLC que denuncie casos de acoso, ya sea que esté directa o indirectamente involucrada, constituye una violación de las políticas de tyt, LLC. Se supone que todos los incidentes comunicados se han realizado de buena fe. Cualquier alegación que se demuestre falsa será tratada como un asunto serio.

7. MEDIDAS DISCIPLINARIAS POR ACOSO

Cualquier empleado que se involucre en un comportamiento que viole esta política estará sujeto a medidas disciplinarias, incluida la posible terminación del empleo, ya sea que se haya violado o no una ley real.

8. RECURSOS

Los remedios para cualquier instancia de discriminación laboral verificada, ya sea causada intencionalmente o por acciones que tengan un efecto discriminatorio, pueden incluir pago retroactivo, contratación, promoción, reincorporación, pago inicial, ajustes razonables u otras acciones que tyt, LLC considere apropiadas. Los recursos también pueden incluir el pago de honorarios de abogados, honorarios de peritos, costas judiciales y otros honorarios legales aplicables.

9. IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA

El director ejecutivo de tyt, Lynn Graham, apoya plenamente la implementación de esta Política a partir del 19 de abril de 2021.

Taxitour CCS